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Suplemento realizado por la Fundación 1º de mayo de CCOO

Una empresa participativa para una economía mejor

por José Ángel Moreno, noviembre de 2019

Sin duda, una de las dimensiones imprescindibles para “repensar la economía con los trabajadores” radica en el modelo de gobierno de las empresas, y sobre todo de las grandes. Un modelo dominado en nuestro tiempo por la soberanía de los accionistas –de los mayores–, a menudo en el contexto de una alianza cortoplacista con los máximos directivos, no pocas veces a costa de la sostenibilidad de la empresa en el medio y largo plazo. Un modelo que la teoría económica ortodoxa, sin embargo, considera óptimo y que constituye un pilar esencial del neoliberalismo.

Es una apología frente la que se erigen la intuición de quienes piensan que una verdadera democracia exige la democratización de la empresa y la argumentación de quienes sostienen que lo justo, legítimo e incluso más eficiente es una forma participativa de gobierno en la que estén representados todos los agentes esenciales en la vida de la empresa. Y muy especialmente los trabajadores, en cuanto que actores particularmente fundamentales y más directamente intervinientes en y afectados por su actividad.

Son varias las razones que fundamentan esta reacción. Apunto cuatro:

1. Razones jurídico-políticas

Ante todo, es preciso combatir la falacia de que la gran empresa es propiedad de sus accionistas, que por eso tendrían derecho exclusivo a gobernarla. A diferencia de la pequeña, en la gran empresa (y más aún si es cotizada), los accionistas son simplemente los propietarios de las acciones de una sociedad que sirve de instrumento para la constitución del capital financiero y de los restantes recursos que necesita la empresa para su funcionamiento, pero no son los “dueños” de la empresa: ésta es algo mucho más complejo que una sociedad accionarial y no es de propiedad exclusiva. Por eso, y muy especialmente en el caso de grandes empresas, su gobierno debe ser ejercido por todos aquellos que intervienen directamente en ella y que se ven afectados significamente por su actividad. Un derecho que no se limita al ámbito de la gestión concreta del proceso de trabajo, sino que se extiende al ámbito de los fines y a cómo se reparten los resultados del proceso productivo.

2. Razones microeconómicas

La soberanía de los accionistas se justifica teóricamente porque presuntamente desempeñan una función excepcional. Excepcionalidad que –desechado el argumento de la propiedad– deriva, en esencia, de algunas de las siguientes características: ser los únicos agentes que tienen contratos incompletos (los que no permiten cubrir todas las incidencias que se pueden presentar); ser los únicos que realizan inversiones específicas (las orientadas de forma muy concreta a la empresa y que perderían parte de su valor en usos alternativos) y los únicos que asumen riesgos residuales (los que surgen en caso de mal funcionamiento del proyecto empresarial ) –o quienes realizan esas inversiones y asumen esos riesgos de forma esencial–; o ser los agentes a cuyo mando se minimizan los costes de transacción en la empresa.

Son esas excepcionalidades las que explicarían la posición especialmente frágil –por arriesgada– de los accionistas –que hay que proteger especialmente– o su capacidad de liderazgo diferencial y las que justificarían que se les compense con el monopolio del gobierno de la empresa y con la apropiación del beneficio residual. La base, por tanto, del pretendido fundamento teórico del modelo de empresa accionarial.

Pero, son argumentaciones que descansan en hipótesis de muy cuestionable verosimilitud. Ante todo, por la evidencia de que ni la empresa se crea sólo con el capital accionarial ni es este capital el único que contribuye a la generación de valor: también contribuyen otros, destacadamente el aportado por el factor trabajo. Por otra parte, por el irrealismo de la hipótesis de los contratos completos, que implicarían condiciones perfectas para su firma (igualdad de condiciones, simetría informativa, exacta justicia de las retribuciones, absoluta libertad para el acuerdo...), lo que hace prácticamente imposible su existencia en la realidad: antes bien, casi todos los contratos en la empresa son incompletos –y desde luego, los laborales–. En tercer lugar, porque resulta muy difícil aceptar que sean únicamente los accionistas quienes asumen riesgos residuales. Y no sólo porque esos riesgos son cada vez menores para ellos, a medida que crece la importancia de los grandes –y volátiles– inversores institucionales, aumenta la posibilidad de diversificación de carteras y los mercados financieros permiten unas crecientes negociabilidad y liquidez del capital aportado. También porque es innegable que otros colectivos asumen ese tipo de riesgos, y muy especialmente los trabajadores, a los que la mala evolución del proyecto empresarial puede afectar frecuentemente más que a los propios accionistas; y tanto más cuanto que habitualmente tienen menos capacidad de salida que éstos. Finalmente, porque tampoco es creíble que sean sólo los accionistas quienes realizan inversiones específicas o porque sean las suyas las únicas esenciales: también lo son las que realizan otros agentes en la empresa, y particularmente las de los trabajadores.

En definitiva, la supuesta justificación de la soberanía de los accionistas no respondería a más excepcionalidad que la que deriva de su mayor poder negociador previo. Algo que desbarata la pretensión de su derecho exclusivo al gobierno de la empresa y que abre paso a la legitimación económica de modelos de gobierno plurales, especialmente en lo que respecta a los trabajadores –inversores en factor trabajo–. Frente a las tesis neoliberales, por tanto, hay argumentos consistentes para pensar que los modelos participativos son los que mejor recompensan las aportaciones de las diferentes partes implicadas en la vida empresarial y, por ello, los más justos.

3. Razones de eficiencia

Pero además, el pretendidamente óptimo modelo de gobierno accionarial genera en la realidad no pocos problemas, que derivan, en general, del cortoplacismo que habitualmente propicia, generado por su absorbente obsesión por la maximización permanente del valor de la acción. Problemas que se manifiestan tanto en el interior de las propias empresas como a nivel general y que acaban provocando a la larga graves ineficiencias y serias distorsiones económicas y sociales. Frente a ello, y aunque no deje de plantear otros inconvenientes, la empresa participativa puede aportar ventajas significativas: mejoras en el control de la gestión, desincentivos al cortoplacismo y a la asunción de riesgos excesivos, freno a la discrecionalidad de los altos directivos, incremento del compromiso de las partes implicadas y de la confianza entre ellas e impulso del aprendizaje colectivo, de la productividad, de la calidad y del capital social, al margen de las mejoras que puede aportar en términos sociales (desigualdad retributiva, bienestar, salud y riesgos de los trabajadores...). Ventajas que, cuando menos, debilitan las críticas a este modelo de empresa por razones de eficiencia, en cuanto que puede incentivar mejor en todos los agentes la realización de inversiones específicas, la asunción de riesgos, el compromiso con el proyecto empresarial y las condiciones de trabajo.

4. Razones de sostenibilidad

Al tiempo, el modelo de gobierno participativo puede tener una virtualidad más general, fomentando comportamientos socialmente más responsables y ambientalmente más sostenibles. En efecto, parece razonable pensar que la presencia activa de representantes de los trabajadores –y de las restantes partes afectadas– en los órganos de gobierno corporativo puede evitar la persecución del exclusivo interés de los accionistas, para propiciar la búsqueda de objetivos de más largo plazo, más sostenibles y más equilibrados, en los que muchos de los agentes implicados –y de nuevo particularmente los trabajadores– estarán más interesados: la búsqueda de un valor realmente compartido e incluso general para la comunidad. Por otra parte, en la medida en que este modelo de gobierno se aplicara sobre todo a las grandes corporaciones, podría ayudar sustancialmente a mitigar su inmensa capacidad de condicionamiento político, contribuyendo así a depurar muchas de las deficiencias actuales en la calidad de la democracia.

Son razones, por otra parte, que la evidencia empírica impide desechar. Una ya nutrida literatura académica induce a valorar positivamente –tanto para para las propias empresas y la economía general como para los trabajadores y las comunidades locales– los numerosos procesos de participación de los trabajadores en el gobierno empresarial impulsados legalmente en varios países.

Razones todas, en suma, que inducen a pensar que la democratización de la gran empresa no es ni una utopía irrealizable ni un insensato insulto a la razón (incluso a la pura razón económica). Todo lo contrario.

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José Ángel Moreno

Economistas sin Fronteras y Plataforma por la Democracia Económica.

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