Un territorio es considerado como paraíso fiscal, según un informe de la OCDE, cuando se dan una serie de características: nivel de imposición nulo o reducido para no residentes (alentando evitar, de este modo, el pago de impuestos en el país de residencia del evasor); ausencia de intercambio de información efectiva con otros estados; ausencia de transparencia administrativa, sobre todo en el ámbito fiscal; y no obligación –para no residentes– de ejercer una actividad económica sustancial en el territorio del paraíso fiscal; entre otros criterios complementarios. Otros autores, que cita López Garrido, añaden el secreto bancario y comercial; carencia de informaciones y estadísticas completas sobre las operaciones financieras; inexistencia de control de cambios y libertad absoluta de movimientos de capitales... entre otras. Este ensayo con fines divulgativos –en coedición con Fundación Alternativas– aborda el funcionamiento de los llamados paraísos fiscales y los mecanismos y resortes necesarios para eludir las obligaciones (...)
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Paraísos fiscales
Diego López Garrido
Los Libros de la Catarata, Madrid, 2016,
120 páginas, 14 euros.
por Manuel S. Jardí,
noviembre de 2016
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